Fundaciones de Interés Privado son un excelente vehículo para la administración de protección de activos y patrimonio, cuidadosamente regulado por la legislación moderna. Offshore Pro Group las recomienda como un vehículo para mantener sus activos.
¿Qué es una Fundación?
Una fundación es una propia entidad jurídica: tiene gerentes, pero no propietarios. Dicho de otra manera, la Fundación es un medio de dar personalidad jurídica propia a ciertos activos (a diferencia de una compañía, que da personalidad jurídica a un grupo de personas).
Está gestionada por un Consejo de Miembros, normalmente designado por el fundador original. Su objetivo debe ser lograr un determinado propósito específico, por ejemplo, para administrar la riqueza de ciertos beneficiarios designados.
¿Para que se utiliza una Fundación?
Una Fundación normalmente no debería participar en las operaciones comerciales (no debe emitir facturas). Es ideal para mantener activos a largo plazo tales como bienes raíces o acciones de otras empresas, tanto empresas privadas cerradas y compañías que cotizan en bolsa. Podrá mantener cuentas bancarias y de corretaje y todo tipo de activos en su propio nombre.
¿Cuál es la diferencia entre una Fundación y un Fideicomiso?
Una Fundación de Interés Privado puede ser considerado como un híbrido entre una empresa y un fideicomiso. Las leyes modernas hacen indiscutiblemente claro que los activos y pasivos de una Fundación están completamente separados de los del Fundador y de los de los Beneficiarios. En un fideicomiso, los beneficiarios tienen un interés de propiedad beneficiosa en los activos del fideicomiso. Una fundación, sin embargo, es el verdadero beneficiario de todos los activos que gestiona.
La estructura de la Fundación normalmente permite que el Fundador conserve un mayor control que el colono de un fideicomiso.
Nosotros recomendamos Fundaciones sobre Fideicomisos para mantener activos ubicados en las jurisdicciones de derecho civil (como la Europa continental, los países de la CIS y América Latina) ya que las fundaciones ayudan a evitar los problemas de reconocimiento legal de fideicomisos en dichas jurisdicciones. Fideicomisos pueden ser más adecuados para mantener los activos en las jurisdicciones de derecho común, tales como el Reino Unido, EE.UU., etc.
Los gastos de gestión en curso para las Fundaciones son generalmente más bajos que para los Fideicomisos, debido al hecho de que no es necesario contratar a un administrador profesional o Trust Company para la gestión de una Fundación.
Fundaciones de Interés Privado en Panamá
Las fundaciones formadas bajo la ley de la Fundación de Panamá, número 25, de 12 de Junio de 1995. Pueden ser creadas por una o más personas físicas o jurídicas, conocido como el “fundador”, quien deben donar al menos 10.000 USD o su equivalente en otros activos a la Fundación como su patrimonio inicial.
Normalmente formamos Fundaciones con un estándar del capital mínimo autorizado de 10.000 USD y otras donaciones poden ser hechas posteriormente y en privado.
Nota: en la práctica no se requiere pagar los 10.000 USD a la Fundación. Una promesa de pagar una vez que se ha establecido es suficiente, o el capital puede ser aportado en forma de otros activos.
La Gestión de la Fundación es por un Consejo, que puede actuar bajo la supervisión de uno o más protectores, en beneficio de uno o más beneficiarios.
Ventajas en las Fundaciones de Interés Privado en Panamá
Los miembros del Consejo están en el registro público, pero los protectores son designados por un acto privado que sólo existe en los archivos de la propia Fundación. Normalmente proporcionamos una Fundador candidato y los miembros del Consejo, quienes luego delegar facultades al Protector a través de un Poder Notarial privado ante el notario, a la persona que será responsable de la gestión del día a día, la apertura de la cuenta bancaria, etc.
El Reglamento Interno de la Fundación, que detalla el patrimonio de la Fundación y los Beneficiarios de nominación y Protectores, pueden ser preparado por nuestra oficina en base a las instrucciones del cliente, o puede ser suministrado en blanco para que el cliente lo complete.
La creación de una Fundación de Interés Privado
La creación de una nueva Fundación toma de 1-2 semanas. Para las órdenes urgentes, también tenemos fundaciones para la transferencia inmediata. Para solicitar su Fundación Privada o para hacer cualquier pregunta, por favor no dude en ponerse en contacto con uno de nuestros consultores.
Honorarios
Los siguientes son nuestros honorarios básicos para la incorporación de las Fundaciones en Panamá. Para obtener una lista de servicios adicionales por favor solicite nuestro lista completa de cuotas.
PAQUETE BÁSICO – FUNDACIÓN | USD 795 | |
notarized statutes (articulos) en Español | ||
inscripción en el registro publico, con registro certificado por sellos | ||
registro de impuestos (tasa única) | ||
preparation of first minutes | ||
provision of nominee founder | ||
PAQUETE ESTÁNDAR – FUNDACIÓN | USD 1195 | |
Todo del paquete básico, MÁS: | ||
Certificado del Registro Publico | ||
Nominee Council Members (3 physical persons) Per year inc simple copies of IDs and utility bills | ||
Power of attorney | ||
Traducciones de Inglés o Ruso Certificadas | ||
Preparation of appointment of Protector and Standard Internal Regulations | ||
APOSTILLE CORPORATION PACKAGE | USD 1295 | |
everything from standard package plus: | ||
Apostilles on statutes + Certificate + translations + POA (4 apostilles total) | ||
CARGOS ANUALES | ||
Impuestos del gobierno (obligatorio- incluye la formulación y el procesamiento de pago) | USD 400 | |
Domicilio social y Agente registrado fee (obligatorio) | USD 300 | |
Nominee officer fee, total for 3 nominees (optional) | USD 300 | |